Un 20% de las comunidades de propietarios de España podrían tener que pagar multas a Hacienda. Entre 300 Y 20.000 euros.
Así empieza un artículo de La Sexta en el que se pone de relieve el desconocimiento que tienen las comunidades de propietarios ante sus obligaciones con Hacienda.
En 2014 entró en vigor una ley en la que las comunidades de vecinos deben presentar la declaración de operaciones con terceras personas, es decir, el Modelo 347 con el que comunicamos a Hacienda qué proveedores de la finca han conllevado un gasto superior a 3.005,06 € anuales. Esta nota informativa, sirve para que la Agencia Tributaria cruce los datos con los presentados por nuestros proveedores y averigüen quién es el que no está pagando sus impuestos y por tanto cometiendo fraude.
¿Eso qué quiere decir? Pues, normalmente, si en tu comunidad ese año ha habido alguna obra, seguramente ese importe se haya superado. En edificios grandes o con varios ascensores, suele ser también bastante corriente que servicios como el mantenimiento de ascensores o la limpieza de los elementos comunes superen los 3.000 euros de gasto.
Además del modelo 347, una nota informativa anual, se han de presentar los modelos IVA y IRPF trimestrales y tener en cuenta las subvenciones que se han recibido ese año.
En relación con el IVA, dependerá de que la comunidad tengan actividades económicas como el alquiler de espacios publicitarios o zonas comunes para instalación de antenas. Para ello, además, se deberá emitir la correspondiente factura.
En cuanto al IRPF, las comunidades de propietarios que tengan contratados empleados, tales como conserjes y empleados de mantenimiento, deben presentar las retenciones. También los profesionales independientes como abogados o arquitectos, tienen retención.
Por último, la subvenciones recibidas se deberán presentar también en una nota informativa anual, el modelo 184 concretamente, así como el arrendamiento de viviendas o locales de la comunidad.
La consecuencias por incumplir estas obligaciones son bastante severas. Hablaríamos de hasta un 150 % de la cantidad objeto de infracción, todo dependerá de la gravedad que estime el inspector. No pagar a tiempo también tiene su castigo: hasta un 20 % de recargo si existe un retraso de más de 1 año a lo que habría que añadir cierta cantidad por intereses.
¿Cómo evitamos que Hacienda nos multe?
Es el momento de estar más atentos a la contabilidad de nuestra comunidad. Ya no será suficiente con computar los diferentes gastos por conceptos: se tendrá que llevar a cabo una gestión más detallada para tener en cuenta qué proveedores han facturado más de la cantidad estipulada.
Esta contabilidad más rigurosa también nos ayudará a presentar más rápidamente los modelos trimestrales y por tanto evitar que se nos pase el plazo.
No dejes que te pillen
En menos de un mes hay que comunicar a Hacienda si se han realizado obras o trabajos por valor superior a los 3.000 euros. Nosotros ya hemos presentado los que las comunidades que gestionamos. Si crees que tu comunidad puede verse afectada por una sanción, Administraciones Alejo se puede encargar de gestionarlo por ti.
Si además te preocupan los siniestros e incidencias estos son los consejos que te damos.
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